lunes, 2 de junio de 2014

( ART ) Translados Durante El Tratamiento.


  • El medico de la ART deberá determinar el medio de transporte para ir y volver del prestador, es decir indicara el tipo de traslado (transporte publico,remis, ambulancia u otros).
  • Si presentado los comprobantes de los gastos de transporte, la ART no cumpliese con el reintegro, deberá denunciar el hecho ante la SRT llamando al 0800-666-6778 en el horario de 9 a 18 horas, personalmente de 9.30 a 17.30 horas o por escrito, en Bartolome Mitre 755 (C1036AAM) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por correo electrónico srt@srt.gov.ar o en la pagina web del organismo: www.srt.gov.ar.
  • La ART también debe pagar los gastos de traslado de ida y vuelta para ir a la citaciones de las CM, CMC, Oficinas de Homologacion y Visado (OHV)- organismos laborales habilitados para la homologacion - así como también para ir a los prestadores médicos que efectúan los estudios complementarios indicados por los médicos de la ART y de las CM. Si correspondiese, abona el alojamiento y alimentación durante el tiempo que el trabajador deba estar disposición de dichas entidades, inclusive de su acompañante si el caso lo justificase.

miércoles, 21 de mayo de 2014

FACTORES DE RIESGO LABORAL

Como consecuencia de las condiciones en las que se trabaja aparecen los llamados factores de riesgo laboral  que dan lugar a diferentes tipos de accidentes, enfermedades profesionales y efectos para la salud, tales como fatiga, estrés, etc. Se clasifican en cuatro grupos.

  • Factores de seguridad: Se refieren a las condiciones materiales que influyen en los accidentes laborales como, por ejemplo, los pasillos y las superficies de transito, los equipos y los aparatos  de elevación, los vehículos de transporte, las maquinas, las herramientas, los espacios en los que se trabaja, las instalaciones eléctricas, etc.
          Entre las consecuencias mas habituales que se producen por la existencia de este tipo de factores de             riesgo encontramos las lesiones del trabajador originadas por los elementos móviles de maquinas,                 golpes, atrapamientos, cortes,caídas de materiales,lesiones por herramientas manuales o mecánicas,             lesiones oculares, esquinces, aplastamientos, caídas, vuelcos de la maquinaria,quemaduras,asfixia,para           respiratorio, contactos eléctricos, etc.

  • Factores derivados de las características del trabajo: Contemplan los esfuerzos, la manipulación de las cargas, las posturas de trabajo, los niveles de atención requerida, la carga mental, etc., asociados a cada tipo de actividad.
          Las consecuencias pueden ser: irritabilidad, falta de energía y voluntad, depresión, dolores de cabeza,           mareos, insomnio, problemas digestivos, etc.

  • Factores derivados de la organización del trabajo: Se incluyen las tareas que integran el trabajo, los trabajadores asignados a ellas, los horarios, las relaciones jerárquicas, la velocidad de ejecución, etc.
          Las consecuencias pueden ser: fatiga, insatisfacción, estrés, problemas psicológicos, etc.

  • Factores de origen físico, químico o biológico: Los factores de origen físico hacen referencia a contaminantes físicos como el ruido, las vibraciones, la iluminación, la temperatura, la humedad, las radiaciones, etc.
          Los factores de origen químico son los que están presentes en el medio ambiente de trabajo en forma           de gases, vapores, nieblas, aerosoles, humos, polvo, etc., y que se combinan con el aire respirable.
          Los contaminantes biológicos están constituidos, por bacterias, virus, hongos, protozoos,                             etc. causantes de las enfermedades profesionales.Las consecuencias de su existencia pueden ser                   sordera, aumento el ritmo cardíaco, deshidratacion, golpes de calor, quemaduras, hemorragias,                     irradiación, cataratas, conjuntivitis, destrucción de tejidos, irritación de las mucosas y la piel,                         alteración  pulmonar, cáncer, malformaciones del feto, tétanos, tuberculosis, hepatitis, pie de atleta,               etc.



  • Daños derivados del trabajo:  Según lo visto hasta el momento, la existencia de riesgo laboral y la posibilidad de que el trabajador sufra sus consecuencias, que se podrá transformar en una enfermedad, una patología o una lesión para el trabajador, dando lugar a los llamados daños derivados del trabajo. 

viernes, 16 de mayo de 2014

OBLIGACIONES Y DERECHO

Obligaciones del trabajador

  • Cumplir con las normas de seguridad e higiene y, cuando corresponda, realizar un relevamiento de riesgos, así como con las medidas de recalificacion.
  • Comunicar a su empleador o a la ART o a la SRT cualquier situación peligrosa relacionada con los riesgos en su puesto de trabajo o en el establecimiento.
  • Participar de actividades de capacitación sobre salud y seguridad en el trabajo.
  • Cumplir con la realización de los exámenes médicos periódicos.
  • Denunciar a su empleador o en la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Derechos del empleador

  • Recibir asistencia y asesoramiento de la ART en materia de prevención de riesgos del trabajo.
  • disponer de información de la ART sobre el régimen de alícuotas y sobre las prestaciones para atender las contingencias relacionadas a la salud y seguridad en el trabajo.
  • Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos de sus trabajadores en función de los riesgos a los que están expuestos.
  • Exigir a la ART el cumplimiento de asistencia medica y económica a sus trabajadores, en caso de accidentes o enfermedades profesionales.
  • Elegir una ART y cambiar de aseguradora cumplidos los plazos mínimos de afiliación.
Obligaciones del empleador

  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo ( ley 19.587 y complementarias.)
  • Estar afiliado  a una ART o autoasegurarse (ley 24.557)
  • Tomar las medidas necesarias para prevenir riesgos en el trabajo
  • Dar a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
  • Informar  a sus trabajadores a cual ART esta afiliado y notificar a la aseguradora la incorpacion de nuevo personal.
  • Informar a los trabajadores sobre los riesgos existentes.
  • Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo.
  • Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad e informar los resultados de los mismos al trabajador y a la ART
  • Solicitar a la ART la atención medica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
  • Denunciar en la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento.
  • Denunciar incumplimientos de su ART ante la SRT
  • Realizar un relevamiento de riesgos
  • Informar junto con la ART, a la autoridad de aplicación que corresponda (SRT o Administraciones de Trabajo Provinciales), el desarrollo y la ejecución del Plan de regulación de los incumplimientos de las siguientes medidas: evaluación periódica de los riesgos existentes y su evolución vivistas periódicas de control de cumplimiento de las normas de prevención y del plan de acción definición de medidas correctivas que deberán ejecutarse para reducir los riesgos y la siniestralidad registrada y la propuesta de capacitación para el empleador y los trabajadores.
  • Inscribirse a través de su ART en el "Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos", si produce, importa, utiliza, obtiene en procesos intermedios, vende y/o cede a titulo gratuito los agentes y sustancias considerados cancerígenos.
  • Inscribirse a través de su ART en el "Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores", destinado a todos aquellos que produzcan, importen, utilicen,obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a titulo gratuito las sustancias químicas en cantidad mayor o igual a los valores
  • Inscribirse a través de su ART en el "Registro de Difenilos Policlorados" destinado a todos cedan a titulo gratuito Difenilos Policlorados.
  • Cumplir con el Programa de Rehabilitación para empresas con establecimientos que registran alta siniestralidad, establecido en caso de que el nivel de accidentabilidad de su empresa supere en un 10 % el indice de incidencia de su sector de actividad.
Obligaciones de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo
Las ART son empresas privadas que brindan asistencia y asesoramiento a los empleadores en temas de prevención de riesgos del trabajo y se encargan de reparar los daños como consecuencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o de origen laboral. Estas entidades creadas por la Ley de Riesgos del Trabajo (Nª24.557) están controladas por las Superintendencias de Riesgos del trabajo (SRT) y de Seguros de la Nación (SSN).
Las ART tienen como obligación:

  • Denunciar ante la SRT los cumplimientos de las normas de higiene y seguridad en el trabajo de sus empleadores afiliados.
  • Evaluar la verosimilitud de los riesgos que declare el empleador y realizar la evaluación periódica de los riegos existentes en las empresas afiliadas
  • Efectuar los exámenes médicos periódicos en función de la exposición de riesgos de los trabajadores.
  • Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores y a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo.
  • Brindar todas las prestaciones que establece la ley, tanto precventivas como dinerarias,sociales y de salud.
  • Promover la prevencion informando a la SRT acerca de los planes y programas exigidos a la empresas.
  • Mantener un registro de siniestralidad por establecimiento
  • Informar a los interesados acerca de la composicion de la entidad, de sus balances y de su regimen de alicuotas.
  • Controlar la ejecucion del Plan de Accion de los empleadores y denunciar ante la SRT los incumplimientos.



jueves, 15 de mayo de 2014

POR UN TRABAJO MEJOR Y MAS SEGURO

Que es el sistema de Riego del Trabajo


  • Es uno de los componentes del Sistema de Seguridad Social que tiene como objetivo reducir la siniestralidad en el trabajo a través de la prevención de riesgos en la actividad laboral y reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.
Quienes están cubiertos

  • Toda persona que trabaje en relación de dependencia y pueda comprobarlo, este declarado o no, tiene cobertura de riesgos del trabajo.
Accidente de trabajo

  • Todo acontecimiento subito y violento ocurrido en el desempeño de tareas propias en el trabajo. Los accidentes de "trayectos" o "in itinere" son los que tiene lugar adentro del recorrido desde el trabajo al domicilio y viceversa. En el caso de desvió de este recorrido para dirigirse a otro trabajo o asistir a un familiar enfermo, deberá informarse al empleador.
Enfermedad profesional


  • Se consideran enfermedades profesionales aquellas que se encuentres incluidas en el listado de enfermedades profesionales (Decreto 658/96).El listado identifica riesgo, cuadros clínicos ( conjunto de síntomas o enfermedad),exposición  y actividades en donde se hacen presentes esos agentes de riesgo. Serán igualmente consideras enfermedades profesionales aquellas que, en cada caso concreto, la Comisión Medica Central determine como provocadas por causa directa e inmediata de la ejecución del trabajo.
Derechos del trabajador
Todos los trabajadores tienen derecho a:

  • Trabajar en un ambiente sano y seguro.
  • Conocer los riesgos que puede tener su trabajo
  • denunciar los riesgos a los que esta sometido o expuesto en su puesto de trabajo.
  • Recibir información y capacitación sobre como prevenir accidentes o enfermedades profesionales.
  • Recibir los elementos de protección personal según su trabajo.
  • Solicitar los resultados de los Exámenes Periódicos que se le realicen
  • Recibir las atenciones medicas y compensaciones monetarias que correspondan en caso de a sufrir accidente de trabajo o enfermedad laboral.
Los trabajadores amparados por el Sistema de Riesgo del Trabajo, ademas tienen derecho a:

  • Estar protegidos por una Aseguradora de Riesgos del Trabajor (ART) a través de afiliación de su empleador.
  • Conocer cual es su ART.
  • Denunciar a su empleador ante la Superintendencia de Riesgos del trabajo (SRT)  cuando no este afiliado a una ART o no haya declarado a la misma, a fin regularizar la relación laboral.
En caso de un accidente o enfermedad laboral tiene derecho a:

  • Conocer la ubicación de los centros de atención medica habilitados para atenderlo.
  • Dirigirse a su empleador, ART o centro medico habilitado para solicitar atención medica.
  • Recibir de la ART, de forma inmediata, toda la asistencia medica, farmacológica, prótesis, ortopedia y rehabilitación, sin limites y en forma gratuita, hasta su curación completa o mientras duren síntomas.
  • Ser trasladado a los centros asistenciales mientras dure su tratamiento.
  • Recibir de su ART los pagos mensuales ( prestaciones dinerarias) mientras no pueda trabajar, así como una indemnización si corresponde.
  • Recibir la capacitación para realizar otra tarea cuando no puede continuar haciendo la que realizaba.
Los familiares directos de una persona fallecida por un accidente de trabajo o enfermedad profesional tienen derecho a:

  • Servicio de sepelio
  • Indemnización